TITULO 4 DEL ARANCEL PROFESIONAL (artículos 33 al 38)ARTICULO 33.-
Los honorarios de los Sociólogos deben considerarse como remuneraciones al trabajo personal del profesional.
ARTICULO 34.- Los honorarios mínimos que corresponda percibir a los Sociólogos por su actividad profesional serán estipulados por el Colegio "ad referéndum" de la Asamblea.
ARTÍCULO 35.- Los Sociólogos podrán fijar por contrato el monto de sus honorarios. Ser nulo todo pacto o convenio que tienda a reducir el arancel fijado por el Colegio, así como toda renuncia anticipada, parcial o total de los honorarios.
La actual comisión Directiva del Colegio de Sociólogos de San Juan, avala la siguiente forma de calcular los aranceles mínimos, esto es un modelo extraído, de Otros colegios de Argentina y es valido para nosotros como parámetro:
Denominación U.A.S. (Unidad Arancelaria Sociológica) la unidad de honorarios profesionales del Sociólogo que representará el 0,75% de la remuneración total asignada al cargo del Ministro del Poder Ejecutivo de la Provincia de San Juan.
Los honorarios mínimos que corresponde percibir a los Sociólogos por su actividad profesional resultarán del número de U.A.S. que a continuación se detallan:
Remuneración actual de un Ministro del Estado provincial de San Juan= $11. 363
Incumbencias y TAREAS del Sociólogo DISEÑO CAMPO ANALISIS EMISION Unidad Arancelaria Sociológica U.A.S = $85
Investigaciones 35 25 35 10 105 $ 8.925
Estudios 35 25 35 5 100 $ 8.500
Encuestas 30 25 35 5 95 $ 8.075
Planes 35 15 35 10 95 $ 8.075
Diagnósticos 30 20 35 5 90 $ 7.650
Sondeos 25 25 30 5 85 $ 7.225
Programas 30 15 30 5 80 $ 6.800
Proyectos 25 20 25 5 75 $ 6.375
Modelos 35 35 5 75 $ 6.375
Sistemas 35 35 5 75 $ 6.375
Comparaciones 25 15 25 5 70 $ 5.950
Experimentaciones 25 15 25 5 70 $ 5.950
Entrevistas 25 15 25 5 70 $ 5.950
Observaciones 25 15 25 5 70 $ 5.950
Proposiciones 25 25 5 55 $ 4.675
Asesoramientos 35 10 45 $ 3.825
Consejos 35 10 45 $ 3.825
Informes 35 10 45 $ 3.825
Consultas 30 10 40 $ 3.400
Dictámenes 30 10 40 $ 3.400
Recomendaciones 25 10 3 2.975
Pericias 25 10 35 $ 2.975
ARTICULO 36.- Ser nulo todo contrato sobre honorarios que no sea celebrado por Sociólogos inscriptos en la matrícula respectiva, al tiempo de convenirlo.
ARTÍCULO 37.- No integran el honorario profesional, los gastos vinculados con el cumplimiento del trabajo los que deber n ser abonados por el comitente.
ARTICULO 38.- El convenio de honorarios, debidamente registrado en el Colegio de Sociólogos, dentro de los treinta días de celebrado con la firma del Presidente y Tesorero, constituir título ejecutivo hábil contra el contratante beneficiario del trabajo profesional.